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La resolución del Servicio de Rentas Internas (SRI) que obliga a las personas que tienen activos desde 200 mil dólares a presentar una declaración patrimonial, quedó sin efecto.
EL SRI indicó que apelará a la decisión del juez para lograr su vigencia en el país.
El juez noveno de lo Civil del Guayas, Pedro Veloz, acogió la acción de protección interpuesta por juristas guayaquileños como Jorge Zavala Egas y otros.
En su providencia, el Juez sostuvo que “resulta inadmisible e inconstitucional la restricción al derecho a la intimidad económica de las personas y sus familias, mediante la exigencia de una declaración patrimonial de sus bienes privados y su naturaleza”.
Explicó que la contraparte tiene 5 días para apelar el fallo y, de ocurrir aquello, el caso pasará a la corte provincial de justicia para resolver la demanda.
El proponente señaló que la norma viola el artículo 66 de la Constitución, que garantiza el derecho a la intimidad de las personas.
Según Zavala, el derecho que les ha sido concedido a ellos, aplica a todos los demás ciudadanos que estén en las mismas circunstancias que los que han recibido la protección.
Por ello, ninguna entidad pública puede exigir a las personas información sobre sus posesiones económicas.
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Enviado el Friday, 01 May a las 15:52:01 por PMP
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